Zonas Libres quedan exentas de impuestos en la importación de insumos médicos utilizados en la emergencia del COVID – 19
Tras la aprobación de reformas del artículo 39 de la Ley de Auxilio al Sector Productivo y a los Trabajadores ante los efectos de la Pandemia Provocada por el COVID-19, las Zonas Libres (ZOLI), no estarán sujetas al pago de impuestos en la compra de insumos médicos utilizados para la protección en la emergencia sanitaria.
En ese sentido, aquellas personas incorporadas en el Régimen de las Zonas Libres, no estarán sujetas al pago de Impuesto Sobre ventas (ISV), derechos arancelarios y demás impuestos.
Según lo establecido en el decreto aprobado por el Legislativo, las Zonas Libres estarán exentas de gravamen en la compra local o adquisición equipo médico, materias primas, maquinarias, insumos, repuesto, accesorios y material de empaque necesario para la manufactura de desinfectantes que sirven de protección en la emergencia sanitaria.
El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, explicó que “los regímenes que están rectorados por ZOLI, caso de las maquilas podrán importar determinados insumos como ser tela para mascarillas”.
Eso permitirá producción nacional importante de mascarillas – agregó Oliva-, a precios que son accesibles en el mercado nacional.
“Se está dando espacio para que la maquila se reinvente y en lugar de estar maquilando ropa, puedan estar elaborando mascarillas, por lo que el material que no exista en el país se les permitirá importarlo libre de todo gravamen”, precisó el también diputado.
Además, el titular de la Cámara Legislativa destacó que esto permitirá que las maquilas exporten masivamente al exterior mascarillas.
Otras reformas de reconocimiento de identidad, firmas electrónicas y certificados extranjeros
El decreto de reformas aprobado por el Congreso Nacional también autoriza a las instituciones supervisadas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), para que puedan dar cumplimiento a las transacciones que están autorizadas a ejecutar con sus clientes por vía electrónica.
El decreto contempla que se podrán “suscribir contratos con sus clientes de forma electrónica, sustituyendo las copias o documentos originales con imágenes electrónicas”.