Conformada oficialmente la Fuerza Nacional Antievasión
Tegucigalpa – El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, acordó crear la nueva Fuerza Nacional Antievasión, la que se encargará ahora de perseguir los delitos fiscales como la evasión, defraudación, contrabando, subvaluación y elusión.
La nueva fuerza está integrada por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) quien la preside así como por la Policía Militar del Orden Público (PMOP), que ahora cuenta con rango constitucional y el Ministerio Público.
Asimismo, está conformada por la Procuraduría General de la República (PGR), la Dirección de Investigación e Inteligencia del Estado, la Policía Nacional a través de la Dirección Nacional de Servicios Especiales de Investigación (DNSEI).
La Fuerza Nacional Antievasión fue constituida formalmente en la reunión del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, donde estuvieron presentes el presidente electo Juan Orlando Hernández y el mandatario saliente Porfirio Lobo.
Cabe destacar que el Congreso Nacional está conociendo acerca de un proyecto de ley para reformar el Código Tributario y el Código Procesal Penal, a fin de imponer sanciones más severas a los defraudadores y evasores del fisco en la que ir a parar a la cárcel por esos delitos será inevitable.
La reforma contempla elevar penas de hasta 11 años de reclusión y millonarias multas contra defraudadores del fisco y se eliminaría el beneficio a los evasores de no ir a prisión si pagan lo defraudado.
En la reforma se destaca que los evasores al fisco ya no podrán evadir ir a prisión, ya que el artículo 212 les venía concediendo el beneficio de no ser acusados si pagaban el perjuicio económico que ocasionaron al Estado por la defraudación. Asimismo, penas de hasta 11 años de reclusión a los que se encuentren culpables de cometer esos delitos.
La reforma es parte de una política para combatir la evasión al fisco, que promueve el nuevo gobierno del presidente electo, Juan Orlando Hernández.
Se estima que el año anterior el gobierno dejó de percibir cinco mil millones de lempiras por pago de impuestos.
Se considera que es imprescindible contar con un cuerpo jurídico que establezca los principios generales, las normas administrativas, penales y procesales aplicables a todos los tributos, a fin de introducir congruencia entre los mismos y uniformar los criterios del régimen sancionatorio en caso de incumplimiento.
Las reformas se centrarán en los artículos 210 y 212 del capítulo III del Código Tributario relativo a las sanciones de multas y reclusión aplicables al delito de defraudación fiscal, de acuerdo al monto defraudado.
En el artículo 210 se incluyen multas en los casos que la defraudación no supere los 50 mil lempiras. En el numeral uno se propone una multa igual al doble del valor del impuesto, contribución o tasa objeto del delito si dicho valor no excede de 10 mil lempiras.
El segundo numeral impone prisión de dos a cuatro meses cuando el valor de los impuestos, contribuciones o tasas objeto del delito sea de 10 mil a 20 mil lempiras, más una multa igual a tres veces el respectivo valor.
Se propone una sanción de reclusión de cuatro a seis meses cuando el valor de los impuestos, contribuciones o tasas objeto del delito sea de 20 mil a 50 mil lempiras, más una multa igual a ocho veces dicho valor.
En otro apartado de ese artículo se establecen en cinco numerales las penas de reclusión mayores a seis meses y hasta 10 años, contra los evasores.
Inicialmente, se propone de seis meses a seis años de reclusión si el monto de los impuestos, contribuciones o tasa omitidas sea de 50 mil a 100 mil lempiras, más una multa igual a 10 veces el mencionado monto.
Cuando el monto de los impuestos sea de 100 mil lempiras un centavo a 200 mil lempiras tendrán que pagar una pena de seis a ocho años en prisión, más una multa por 12 veces del monto mencionado.
De seis a siete años de prisión si el monto de los impuestos, contribuciones o tasas omitidos es de 200 mil a 300 mil lempiras, más una multa igual a 14 veces el mencionado monto defraudado.
Cuando la defraudación sea de 300 mil a 500 mil lempiras se propone una pena de cárcel de siete a ocho años, más una multa igual a 12 veces el mencionado monto.
Finalmente, se propone imponer de ocho a 10 años de prisión si el monto de los impuestos, si la defraudación supera los 500 mil lempiras, más una multa igual de 10 veces la mencionada suma. Es decir, que en este caso la multa mínima ascendería a cinco millones de lempiras.
En caso que no se pueda determinar la cuantía de lo defraudado, por causas no imputables al indicado, la pena será de cinco a ocho años de reclusión, más una multa igual a 10 veces del valor defraudado.
También se contempla que si las causas son imputables al indiciado, la pena será de nueve a 11 años, más 10 veces el valor estimado de los impuestos, contribuciones o tasas omitidos.
Finalmente, se propone una reforma al artículo 212 del Código Tributario para despojar a los defraudadores al fisco del beneficio de evitar ir a prisión con pagar el perjuicio económico que ocasionó al Estado.
“Se formulará acusación a quien hubiere omitido el pago del tributo u obtenido el beneficio indebido conforme al artículo anterior, aún cuando lo entere espontáneamente con sus recargos antes de que la autoridad tributaria descubra la omisión o el perjuicio o sin que medie requerimiento, orden de visita o cualquier otra gestión de aquella tendente a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones fiscales”, propone la reforma.
Sobre el tema, el presidente electo, Juan Orlando Hernández, aseveró que “vamos con todo contra la evasión fiscal”, al tiempo que recordó la petición realizada al Congreso Nacional de reformar el Código Tributario con el fin de penalizar a quien defrauda al fisco.
“Alguien me decía: te vas a echar muchos enemigos, pero creo que en guerra avisada, como dicen, no hay muertos, ¿verdad? y quiero aprovechar y decirle al pueblo hondureño que tenga la plena seguridad de que en nuestro gobierno cada centavo que se tribute va a ser bien invertido”, apostilló Hernández.