Conductores del transporte los que más reciben esquelas en los operativos de tránsito
Luego de siete meses de aplicación estricta de la Ley de tránsito, las autoridades reportan que de 500 esquelas diarias a nivel nacional 300 son para los conductores del servicio del transporte Público.
Se destaca que en este último período se ha implementado el Sistema de Interconexión a nivel nacional que blinda las actividades de los agentes del orden vial y permite una auditoría para evitar las acciones ilegales en contubernio con los motoristas infractores.
De tal suerte que si al ciudadano le extienden una esquela esta no solo esta numerada, sino que se puede identificar a que agente del tránsito le fue asignada esa zona y si el conductor considera que la esquela es “arbitraria” tiene 72 horas para impugnar dicha acción ante las autoridades de la Dirección Nacional de Tránsito.
Un buen ciudadano no debe ignorar en absoluto la ley y su aplicación por parte de las autoridades establecidas para garantizar el orden y el respeto al derecho ajeno en las redes viales de nuestro país.
En la Ley de Tránsito vigente, se clasifican las faltas de los conductores y se establecen las categorías de sanciones. Todos los motoristas de vehículos livianos y pesados, así como los que conducen motocicletas están obligados a conocer y respetar la Ley, para evitar multas económicas, la cancelación de la licencia y no menos importante, prevenir los accidentes de tránsito.
Sobre la aplicación de la Ley a los infractores, es importante recordar, quien no paga una sanción en el tiempo estipulado, se expone a acumular el tributo económico hasta en un 50 por ciento cuando es reincidente, en el término de un año.
La vieja costumbre de decir que “se le perdió la licencia para no pagar la infracción” ya no es posible con la sistematización, aseguran las autoridades tras explicar que la renovación no será posible mientras no pague la deuda acumulada de la infracción.
Además, si tiene infracción o le cancelaron la licencia en una ciudad y pretende sacarla en otro sector del país, el sistema no le permitirá hacerlo, pues la interconexión permite ver su historial sin importar en donde realice su trámite.
Si por alguna razón pretende vía “favores de amigos” recuperar el plástico de su licencia, debe saber que las infracciones se irán sumando en el sistema y finalmente usted siempre pagará la cuenta acumulada.
En el caso de la infracción por alcoholemia la ley establece que se le suspende la licencia por seis meses más la multa de un salario mínimo, si es reincidente se expone a la cancelación de la licencia de conducir mas el pago de tres salarios mínimos.
En vista orientar a los conductores en las carreteras hondureñas, esta aplicación de la ley de Transito, ya define que los motoristas y aspirantes a una licencia de conducir, deben cumplir requisitos elementales como examen de la vista y un test psicológico.
En este punto las autoridades, explican que luego de un acuerdo con el colegio de Psicólogos esta prueba se aplica en las instalaciones a un costo de 200 lempiras para los especialistas, con miras a no afectar a quienes no tienen la capacidad de pago.
La lista de infracciones que establece la Ley de Tránsito como graves, incluye: el uso de celular cuando conduce, no usar cinturón, desatender las señales o advertencias de la Policía de Tránsito, la falta de casco a motociclistas, para los motoristas de buses y taxis estacionarse fuera de las bahías y obstaculizar el tránsito vehicular.
En el artículo 101 de la Ley se destacan los tipos de faltas, y se define la escala de multas para los infractores: El Artículo 98, define faltas graves a aquellas acciones que ponen en peligro la vida de otros y del propio infractor en la vía pública. Esta desobediencia implica una multa de 600 lempiras.
El Artículo 99, es para faltas menos graves, aquellas que no generan mayor riesgo, pero implican irrespeto directo a las normas de tránsito y tienen un costo de 400 lempiras.
El Artículo 100, establece las faltas leves, que tienen una sanción económica de 300 lempiras.