Sin lugar demanda en contra de Administración Aduanera por casi 100 millones de lempiras
El pasado 24 de octubre de 2023, la Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo con jurisdicción a nivel nacional, declaró por unanimidad de votos CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Administración Aduanera de Honduras, en contra de la sentencia emitida con fecha 28 de junio del año dos mil diecinueve 2019.
Mediante la cual declaraban con lugar la Demanda interpuesta por la Tienda Libre Sociedad Mercantil denominada Inversiones Mercantiles Hondureñas S.A. de C.V. (IMERHSA) quienes pedían la nulidad de actos administrativos (habilitación de la Tienda Libre) además del pago de una indemnización por el orden de los L98,800,00 (Noventa y ocho millones, ochocientos mil lempiras) por el resarcimiento de daños e indemnizaciones de perjuicios, más la condena en costas del juicio.
El Director de la Administración Aduanera de Honduras, Fausto Cálix, dijo “Celebramos la decisión de la Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo quienes han declarado por unanimidad de votos, con lugar el Recurso de Apelación a favor del Estado de Honduras a través de Aduanas Honduras, quienes actuamos con base a ley y derecho”.
Para el año 2010 las autoridades de la extinta Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), a través de su equipo de Fiscalización Tributaria y Aduanera e Inteligencia Fiscal procedieron a realizar su función de fiscalización llevando a cabo una Auditoría de Punto Fijo, identificando anomalías e irregularidades de incumplimiento de las obligaciones tributarias, por lo que se procedió al cierre temporal de la Tienda Libre y posteriormente la rescisión del contrato por incurrir en graves violaciones a las leyes del país y al Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) y su Reglamento (RECAUCA) y mediante resolución DEI-DL-2453-2010, la inhabilitación de la Tienda Libre a través de la suspensión inmediata del Servicio Aduanero de Vigilancia y Control Fiscal, de conformidad con el Contrato de Prestación de Servicios Aduaneros para la Operación de Tiendas Libres estipuladas en la cláusula décima, artículos 67 literal b y 71 del RECAUCA.
En fecha 28 de junio del año 2019, el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Francisco Morazán, emitió sentencia, mediante la cual declara con lugar la Demanda, condenando al Estado a la reapertura de la Empresa (Tienda Libre) dejando en suspenso la ejecución de la cuantía exigida por la Tienda Libre.
En el término de Ley, el Estado de Honduras, a través de esta Administración Aduanera de Honduras, interpuso Recurso de Apelación en contra de la sentencia antes referida, registrada bajo número 012-2020, de la Corte de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo, logrando por unanimidad de votos a lugar el recurso de apelación, con esto se demuestra que se actúa con base a ley apegados a la normativa vigente en los procesos de fiscalización y revisión de cumplimiento de requisitos de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera ante esta administración.
“De ser recurrida esta sentencia por parte de los demandantes esperamos que los magistrados de Corte Suprema de Justicia (CSJ) mantengan la firmeza de esta, y en consecuencia se proteja los intereses del Estado evitando con ello un golpe a las finanzas públicas”, concluyó el Titular de Aduanas Honduras.