Fiscalía Especial de la Niñez logra revertir resolución de Tribunal de Sentencia al no admitir prueba anticipada evacuadas a través de la Cámara Gesell
La Fiscalía Especial de la Niñez logró que la Corte de Apelaciones de la sección Judicial de San Pedro Sula, por unanimidad de votos, declarara con lugar un recurso de amparo que se presentó ante la negativa de la aceptación de pruebas evacuadas a través de la Cámara Gesell por el Tribunal de Sentencias.
Con el fallo dictado por el tribunal de segunda instancia, queda comprobado que al evacuar pruebas anticipadas a través de la cámara de Gesell, la Fiscalía Especial de la Niñez no vulnera derecho alguno, como lo estableció en una resolución de fecha 11 de marzo 2019 la Sala Segunda del Tribunal de Sentencias de la sección judicial de San Pedro Sula.
El Tribunal de Sentencia consideraba que era necesario la presencia de la perjudicada al juicio y escuchar el testimonio, pero con la evacuación de la prueba anticipada a través de la Cámara Gesell se pretende no revictimizar a la víctima.
La Corte de Apelaciones en base a sustentos legales establecidos en la Constitución de la República, Convención de los Derechos del Niño, Ley Sobre Justicia Constitucional, Código Procesal Penal, Código de la Niñez y Adolescencia, otorgó por unanimidad el recurso de amparo a favor de la Fiscalía Especial de la Niñez.
Como consecuencia, establece el fallo que se debe admitir con la modalidad de prueba anticipada las declaraciones rendidas a través de la Cámara Gesell al no existir ninguna vulnerabilidad a la niñez víctima.