DINAF y Registro Nacional de las Personas Firman Convenio para garantizar el derecho a un nombre de niñas y niños
Mediante la firma de un convenio de cooperación que se firmó hoy entre las autoridades de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) y el Registro Nacional de las Personas (RNP) se estableció un marco de cooperación y coordinación para desarrollar iniciativas orientadas a hacer prevalecer el derecho a un nombre y una nacionalidad que tienen todos los niños y niñas en el país, en los términos que consagra la Constitución de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás leyes del ordenamiento jurídico nacional, así como de los Convenios Internacionales suscritos por Honduras.
El documento fue suscrito por la titular de la DINAF, Lolis María Salas Montes y Rolando Enrique Kattan, Coordinador de la Junta Interventora del RNP.
El Coordinador de la Junta Interventora del RNP, Rolando Enrique Kattan, señaló que con la firma del convenio “tenemos la garantía de que cuando nazca un niño, no solo va a nacer un niño que debemos educar, va ser un niño que debemos de atenderle en salud, acompañarle en todos sus derechos humanos, garantizarle, sobre todo, una existencia digna que se concreta a través de la buena gestión de la DINAF”.
Por su parte, la titular de la DINAF, Lolis María Salas Montes, indicó que en los últimos tres años se registran 5,700 expedientes de niños y niñas, no presentaron certificación de nacimiento, al tiempo que puntualizó que “la persona que no tiene un registro no existe, y si no existe, está sujeta a muchos abusos, niveles de vulneración y altas violaciones a los derechos humanos” y que en la medida que se aseguren respuestas adecuadas, eficientes e integras con todas las instancias competentes, se promoverá la prevención de situaciones de vulnerabilidad en la niñez.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos en el artículo 15 y 16, así como la Declaración de los Derechos del Niño, en su artículo 3 y el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, en su artículo 24 recoge lo concerniente al derecho que tienen las niñas y niños a tener un nombre y a ser inscritos inmediatamente después de su nacimiento sin discriminación por motivos de: raza, color, sexo, idioma, religión, origen social, posición económica, así como a las medidas de protección que su condición de menor de edad requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado.
En el marco de este convenio, se establece que la DINAF proporcionará toda la información y la documentación necesaria del Sub Sistema de Protección Especial de la niñez a los Registradores y Oficiales Civiles del RNP para que procedan a la inscripción en tiempo y forma legal, exceptuando los casos en los cuales el niño o niña, carezca de alguno de los documentos exigidos por la Ley, debido a la situación especial en las que se pudieran encontrar.
Además, se programarán brigadas de documentación y visitas conjuntas a las ONG´s, que atienden a los niños y niñas remitidos por la DINAF y que aún no se encuentran registrados en el RNP.
También, se capacitará a los Registradores, Oficiales Civiles y demás funcionarios del RNP, a las instancias nacionales, departamentales y municipales que coordina la DINAF en el tema de protección de derechos de niñez, especialmente las relacionadas con la documentación registral, identificación e información estadística vinculante.
La DINAF apoyará a través de las Oficinas Regionales a nivel nacional, los procesos, brigadas, iniciativas y campañas de sensibilización en materia de Registro Civil e Identificación que promueva el RNP, en los diferentes municipios del país, así como los talleres de capacitación sobre promotorado registral voluntario y promotorado registral infantil.
Por su parte, el RNP mediante dicho convenio se compromete a agilizar las inscripciones de niños y niñas, coordinar brigadas móviles a solicitud de la DINAF, otorgar a la DINAF acceso al servicio de consulta externa de Registro Civil, socializar a nivel central de La DINAF el Proyecto de Enrolamiento Masivo del Carnet de Identificación de Menores de Edad.
Asimismo, a generar usuarios de acceso a la base de datos de manera remota a fin de que las oficinas regionales de la DINAF puedan tener acceso a los patrones familiares y de igual forma se realice la impresión de las partidas de nacimiento para la documentación de las acciones que se lleven a cabo en la protección de los derechos de la niñez.
El derecho a la identidad constituye el primer derecho que asiste a los seres humanos al nacer, por lo que, al obtener el documento de identificación, se garantiza el acceso a otros derechos como: salud, educación, vivienda, nutrición y muchos otros beneficios que contribuyen a reducir los índices de pobreza y proporcionar a la niñez mejores condiciones de vida.