SOCIEDAD CIVIL ESPERA QUE SUS RECOMENDACIONES SEAN TOMADAS EN CUENTA PARA QUE ELECCIÓN DE ALTOS FUNCIONARIOS ELECTORALES SEA REALIZADA EN EL MARCO DE LA MERITOCRACIA Y PRIVILEGIANDO LA IDONEIDAD DE LOS DESIGNADOS
En el marco de la aprobación del marco legal que regulara la elección de los funcionarios que dirigirán las nuevas instituciones del sistema político electoral hondureño, son muchas las organizaciones de la sociedad civil que demandan un proceso “a la luz del día” y que privilegie los méritos e idoneidad de los que vayan a ser seleccionados.
Omar Edgardo Rivera Pacheco, Director de Advocacy de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), ha señalado que “desde las organizaciones no gubernamentales y los movimientos sociales esperamos que las recomendaciones que hemos realizado sean tomadas en consideración a fin que en esta legislación transitoria se garantice que la elección de los altos funcionarios electorales sea realizada en el marco de la meritocracia y privilegiando la idoneidad de los designados”.
“Recientemente entregamos al Presidente del Congreso Nacional de la República, Mauricio Oliva Herrera, una propuesta de Ley de Selección, Elección y Funcionamiento Provisional del Consejo Nacional Electoral y Tribunal de Justicia Electoral, en la que retomamos las propuestas presentadas por el grupo de expertos internacionales del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de los Estados Americanos (OEA), incorporando experiencias de procesos de selección de altos funcionarios electorales y elementos de transparencia y participación ciudadana en América Latina; estamos seguros que es un aporte que dará luces a los parlamentarios para tomar la mejor decisión posible que garantice la independencia de estos nuevos entes estatales” manifestó.
El dirigente de la sociedad civil indicó que “en nuestra iniciativa –la de ASJ- todo el proceso de selección está contemplado a realizarse en no más 51 días hábiles, lo que es un tiempo prudencial para hacer las cosas responsablemente y de manera transparente; mientras la aprobación de esta ley temporal de lleva a cabo y se publica en La Gaceta, y se seleccionan a los titulares del Registro nacional de las Personas (RNP), Consejo Nacional Electoral (CNE) y Tribunal de Justicia Electoral (TJE), bien se puede –en paralelo- avanzar también en la discusión y aprobación de la nueva Ley Electoral y la Ley de Justicia Electoral”.
La propuesta de la ASJ, plantea que para llevar a cabo el proceso de selección de los altos funcionarios electorales, se conforme una Comisión Evaluadora Tripartidaria, integrada por legisladores de las principales fuerzas políticas representadas en el Congreso Nacional, una Secretaría Técnica gestionada por la Gerencia Legislativa y una instancia de Expertos Veedores, que estaría constituida por profesionales con experiencia en procesos de selección de personal, fortalecimiento institucional y con una trayectoria ética, que preferiblemente representen organizaciones de sociedad civil con experiencia en la materia, empresa privada, cámaras de comercio, organizaciones sindicales y universidades.
“Diputados de los diferentes partidos políticos con representación en el Congreso Nacional de la República deben comprender que de lo que se trata no es de irse a repartir la nueva institucionalidad electoral como si fuese un pastel, sino convertir a esta entidades en imparciales árbitros que van a garantizarnos elecciones transparentes, democráticas y honestas, en el año 2021; para garantizar que todo transita por el sendero de lo correcto y legal, deben tomarse en consideración recomendación como las que hemos planteado desde la sociedad civil” dijo Rivera Pacheco.
En el planteamiento hecho por la ASJ, se delega de forma temporal y transitoria todas y cada una las facultades expresas contenidas en Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas y la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos aplicables al CNE y TJE, para subsanar cualquier vacío legal y administrativo, y se establece expresamente fecha límite de vigencia para la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas hasta el 21 de enero de 2020, ya que –de forma ideal- posterior a esa fecha, debe entrar en vigencia las nueva normativa electoral en el país.