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Presidente Hernández: “Nosotros como Ejecutivo estaremos haciéndonos a un lado” en la discusión y aprobación de las Reformas Electorales

– Dice que espera que el Congreso Nacional haga su mejor trabajo en este tema.

Tegucigalpa, 1 de febrero. El presidente Juan Orlando Hernández anunció hoy que “nosotros como Ejecutivo estaremos haciéndonos a un lado” en la discusión y aprobación de las Reformas Electorales que se realizan en el Congreso Nacional.

“Quiero decir, nosotros como Ejecutivo estaremos haciéndonos a un lado de eso (Reformas Electorales), porque está en el Congreso Nacional y esperemos que el Congreso haga su mejor trabajo”, dijo.

El mandatario agregó que “creo que es un buen comienzo, vale la pena lo que han hecho ya; faltan otras cosas, porque mi misión termina como servidor público en tres años”.

Enfatizó que “ya como político electoralmente hablando terminó, por tanto solamente puedo escuchar”.

Reformas

Las Reformas Electorales aprobadas hasta el momento en el Congreso Nacional han sido apoyadas por 112 votos de los diputados de todas las bancadas allí representadas.

Entre esas Reformas aprobadas están:

– El Registro Nacional de las Personas (RNP) será el encargado de la depuración de los ciudadanos que hayan obtenido dicho Documento de Identificación, así como de las defunciones ocurridas e inscritas en sus registros, para la elaboración del Censo Nacional Electoral.

– El RNP será administrado por una Comisión Permanente, que estará integrada por tres Comisionados propietarios y dos suplentes, y ejercerán sus cargos por un periodo de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.

– Se crea el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal de Justicia Electoral, sustituyendo al Tribunal Supremo Electoral (TSE).

– Los actos y procedimientos administrativos, técnicos y de logística corresponderán al Consejo Nacional Electoral.

– Los actos y procedimientos jurisdiccionales en materia electoral corresponderán de manera exclusiva al Tribunal de Justicia Electoral con jurisdicción y competencia fijada por la Ley.

– El Consejo Nacional Electoral está integrado por tres (3) consejeros propietarios y un (1) consejero suplente, electos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelegidos.

– El Tribunal Justicia Electoral está integrado por tres (3) magistrados propietarios y dos (2) suplentes, serán electos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.

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