MP interpone Acción de Amparo en causa instruida contra Rodolfo Padilla Sunseri
Tegucigalpa.- La Fiscalía Especial para la Defensa de la Constitución interpuso en las últimas horas ante la secretaría de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una Acción de Amparo contra la decisión de la Corte de Apelaciones de San Pedro Sula de revocar el Auto de Formal Procesamiento y dictar Sobreseimiento Provisional por el delito de Malversación de Caudales Públicos a favor del ex alcalde sampedrano, Rodolfo Augusto Padilla Sunseri, en la causa instruida en su contra por el manejo irregular de los recursos del cobro del peaje.
Según los hechos atribuidos por el Ministerio Público (MP) en su acusación, los fondos recaudados en las casetas de peaje de la Alcaldía de San Pedro Sula, no fueron entregados en los porcentajes establecidos en el Decreto Legislativo 177-99 a las Corporaciones Municipales de La Lima y San Manuel, departamento de Cortés, durante el periodo 2007-2008.
En ese sentido, el Ministerio Público (MP) acusó al ex edil sampedrano por los delitos de Abuso de Autoridad y Malversación de Caudales Públicos, logrando en primera instancia Auto de Formal Procesamiento por ambos cargos, sin embargo luego de un recurso interpuesto por la Defensa del encausado, se confirmó únicamente el tipo penal de Abuso de Autoridad.
El criterio del Ad-quem para sobreseer provisionalmente el delito de Malversación de Caudales Públicos, es que el Ente Acusador no acreditó que el imputado se haya apropiado de fondos públicos, no obstante la tesis acusatoria de la Fiscalía no era esa, sino que Rodolfo Padilla Sunseri desvió Lps. 7,397,493.70 que le correspondían a la Alcaldía de La Lima y Lps. 710,ooo.oo de la Alcaldía de San Manuel, a otros proyectos para la ciudad de San Pedro Sula, es decir, a fines distintos que contemplaba la Ley, afectando con ello el patrimonio de las corporaciones municipales referidas.
Consecuentemente, en la Acción de Amparo, la Fiscalía Especial para la Defensa de la Constitución solicita que se revoque el Sobreseimiento Provisional a favor del ex jefe municipal, en virtud de estar debidamente acreditado el delito de Malversación de Caudales Públicos, y así subsanar la evidente violación al Principio de Legalidad, ya que la facultad de interpretar la Ley por parte del Tribunal de Apelaciones debió ser orientado al verdadero sentido de la norma que se debe aplicar, lo que no ocurrió en el presente caso.